Sentencia, sobre despido improcedente de Dª María José Pardo Belmonte, trabajadora de la guardería de La Gineta.

JUZGADO DE LO SOCIAL N. 1
ALBACETE


SENTENCIA: 00387/2012

Procedimiento: Nº 536/12


SENTENCIA Nº 387/12


En Albacete, a veintitrés de julio de dos mil doce.


Vistos por mí, Dña. MARÍA D. ZAERA CASADO, Magistrado del Juzgado de lo Social Nº 1 de Albacete, los autos de Procedimiento de Despido seguidos ante este Juzgado bajo el Número 536/12, a instancia de Dña. Mª José Pardo Belmonte, asistida del Letrado D. Julián Monedero Palacios, contra el Excmo. Ayuntamiento de La Gineta, asistido del Letrado D. Carlos Castedo López, cuyos autos versan sobre el despido, y atendiendo a los siguientes;


ANTECEDENTES DE HECHO


PRIMERO.- Con fecha 24 de mayo de 2.012 tuvo entrada en este Juzgado, previo turno de reparto, demanda en la que la parte actora, tras exponer los Hechos y Fundamentos de Derecho que entendía de aplicación, terminaba solicitando se dictase sentencia por la que se declarase la improcedencia del despido acordado, con las consecuencias legales inherentes a tal declaración, acompañando los documentos en aquella enumerados.


SEGUNDO.- Admitida a trámite la demanda, se señaló día y hora para la celebración del acto del Juicio, procediéndose a la celebración del mismo el día 19 de julio de 2.012, comparenciendo las partes, exponiendo, por su orden, cuanto a su derecho convenía en fase de alegaciones, practicándose las pruebas propuestas y admitidas con el resultado que consta en el acta levantada al efecto, elevando finalmente sus conclusiones a definitivas, quedando los autos vistos para sentencia.


TERCERO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado todas las formalidades legales.

(Pág. 1-7)

FALLO

Que estimando la demanda de despido interpuesta por Dña. Mª José Pardo Belmonte, asistida del Letrado D. Julián Monedero Palacios, contra el Excmo. Ayuntamiento de La Gineta, asistido del Letrado D. Carlos Castedo López, declaro la improcedencia del despido de Dña. Mª José Pardo Belmonte efectuado en fecha 15 de febrero de 2.012, con efectos de fecha 6 de marzo de 2.012, condenando al Excmo. Ayuntamiento de La Gineta a estar y pasar por la anterior declaración, debiendo optar en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución entre la readmisión o el abono a Dña. Mª José Pardo Belmonte de la cantidad de 7.636,14 € en concepto de indemnización, con abono en caso de que el Excmo. Ayuntamiento de La Gineta optase por la readmisión , de los salarios de tramitación legalmente procedentes.

Notifíquese esta Sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, Sala de lo Social, debiendo anunciarse previamente ante este Juzgado, en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de su notificación.

Previniendo a la empresa demandada que para recurrir deberá acreditar haber ingresado la cantidad de 300 euros en la cuenta corriente de este Juzgado de lo Social Nº 1 abierta en la entidad de Banesto de esta ciudad con la identificación “recursos de suplicación” y nº 0038-0000-69-536-12 y la consignación, en su caso, de la cantidad objeto de la condena en la cuenta de este Juzgado en la misma entidad bancaria con identificación “depósitos y consignaciones” y nº 0038-0000-69-536-12.

Así lo acuerda, manda y firma, la Ilma. Sra. Dña. María D. Zaera Casado, Magistrado del Juzgado de lo Social Nº 1 de Albacete.


PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada la anterior Sentencia por la Sra. Juez que la dictó, encontrándose celebrando audiencia pública el día de su fecha, de lo que yo la Secretaria doy fe.

(Pág. 7-7)