ALEGACIONES/RECLAMACIONES a la Cuenta General de 2012 del Ayuntamiento de La Gineta

ANTONIO BELMONTE MORAGA, con D.N.I. nº 5.144.353N, Concejal del Ayuntamiento y vecino de la Gineta, Albacete, y con domicilio a efectos de notificaciones en c/ Horca 4, manifiesto que publicado anuncio de la Cuenta General de 2012 en el Boletín Oficial de la Provincia nº 118 de 11 de octubre de 2013, de acuerdo con lo establecido en el art. 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (T.R.L.R.HH.LL.), formulo las siguientes ALEGACIONES/RECLAMACIONES a la Cuenta General de 2012 en los siguientes términos:

PRIMERA.- El hecho de que la Cuenta General del ejercicio 2012 se someta a informe de la Comisión Especial de Cuentas con fecha 26 de septiembre de 2013, y que el informe de Intervención se date con fecha 24 de junio de 2013 indica no solo que los órganos políticos han incumplido la obligación legal de rendir cuentas en plazo sino que la Intervención municipal ha dejado que esto suceda sin formular el más mínimo reparo.

Ello no pasaría de ser un mero trámite a rectificar en futuros ejercicios si no fuera porque la situación del Ayuntamiento, si damos crédito a las manifestaciones del actual equipo de gobierno, es la que es, es decir, la que contempla el Real Decreto Ley 8/2013 de medidas urgentes contra la morosidad de las Administraciones Públicas y de apoyo a las Entidades Locales con problemas financieros, de modo que se ha vetado, de la forma más  irresponsable, la posibilidad de que este Ayuntamiento, en caso de necesitarlo, pudiera acogerse a las medidas extraordinarias que dicha norma contempla. Lo cual se explica de los políticos que únicamente tienen visión para los escasos dos años de gobierno que les quedan, pero que es inexplicable para una Habilitada nacional cuya responsabilidad es que se cumplan las obligaciones fiscales y financieras de la Administración cuya Intervención se le ha encomendado, y si ve que no va a ser posible debería haber advertido debidamente de modo que pudiera excusarse su responsabilidad.

El informe de Intervención se emite el 24 de junio, es decir, 24 días tarde, y en el mismo se recogen dos obligaciones de la Intervención, ambas incumplidas: formar la Cuenta General y someterla antes del 1 de junio del ejercicio inmediato siguiente a informe de la Comisión Especial de Cuentas.

Solo cinco días después se publica el Real Decreto Ley 8/2013 que establece que los municipios con dificultades financieras podrán acogerse a las medidas que contempla si a 2 de julio han cumplido con la remisión de sus obligaciones económico financieras. Pues bien, incumplida la primera parte no parece que se haya acelerado el proceso de la rendición de cuentas de modo que se hubiera podido aprobar por el Pleno  antes del 1 de octubre de 2013, sino que pareciera más bien que no tienen ninguna prisa, y por tanto que se ha descartado la posibilidad de acogerse a dichas medidas extraordinarias. Por tanto una de dos, o la situación no es mala y tales medidas no son necesarias o voluntariamente se está poniendo al Ayuntamiento en una situación financiera insostenible.

Por tanto, teniendo en cuenta que la Resolución de 26 de Julio de 2013, publicado en el BOE del 30 de julio, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, establece un plazo de dos meses desde esa última fecha para acogerse, por una sola vez, a dichas medidas extraordinarias y este Ayuntamiento no lo ha hecho, dado que ni se ha adoptado acuerdo en tal sentido ni se ha dado cuenta si se hubiera hecho, REQUIERO que expresamente conste si el Ayuntamiento se encontraba en el listado de municipios que podían acogerse a las medidas que dicha resolución contenía. De encontrarse en la relación REQUIERO que consten las razones por las cuales no se ha considerado oportuno acogerse a dichas medidas. REQUIERO igualmente se informe sobre si existe riesgo de intervención externa de las cuentas municipales, en cuyo caso serían responsables de la situación tanto la Intervención municipal como la Alcaldía.

Examinada la razón de la extemporaneidad de la aprobación de la Cuenta General y las graves consecuencias que ello conlleva, conviene ahora adentrarse en los pormenores de su contenido:

SEGUNDA- Reitero las alegaciones puestas de manifiesto por mi parte en la sesión de la Comisión Especial de Cuentas celebrada con fecha 26 de septiembre de 2013, puesto que al día de la fecha siguen sin aclararme ninguna de las cuestiones planteadas en la misma.

TERCERA.- Concretamente, en lo referente a PROMUGISA, se sigue incumpliendo la obligación legal de la referencia “EN LIQUIDACIÓN”.

CUARTA.- Asimismo, sigue sin dárseme contestación y la reclamo a los conceptos en base a los cuales se reconocen dos deudas de la empresa (Cuenta 5210 DEUDAS A CORTO PLAZO) con el Partido Popular de La Gineta y con el Partido Independiente, ambas por importe de 483,35 euros.

QUINTA.- Tampoco se me han dado las explicaciones correspondientes y las reclamo sobre el saldo negativo contemplado en la partida 6910 PÉRDIDA POR DETERIORO DEL INMOVILIZADO, por importe, nada menos, de 361.256,35 euros, ya que no se ha vendido ninguna partida del inmovilizado, por lo que únicamente cabe deducir un interés “obsesivo” por trasladar al balance de la empresa pérdidas deliberadas.

SEXTA.-No se me ha dado respuesta y la reclamo a las razones que han llevado a los liquidadores a no abonar la deuda pendiente con el Instituto de Finanzas, teniendo un saldo considerable en Tesorería, que si bien no hubiera podido saldarse de manera líquida en su totalidad, si hubiera disminuido considerablemente la deuda, con el consiguiente ahorro en intereses.

SÉPTIMA.- Reitero, por último, el hecho de que tanto las Cuentas Anuales de la empresa, como la Memoria, se presentan, suponemos que por los liquidadores, sin firma ni rúbrica alguna, lo que genera duda sobre la validez de las mismas, ya que en ningún momento, incumpliendo una vez más sus obligaciones, han celebrado reunión o Junta General informativa de su gestión.

Todo lo expuesto nos da una idea de la diligencia con que se gestiona el erario público municipal y del respeto que les merecen los ciudadanos a los que representamos, que son a quienes están ustedes rindiendo cuentas, siendo su silencio ante las preguntas la mejor respuesta de su incapacidad.

En mérito de lo expuesto ruego se tenga por presentado el presente escrito de alegaciones, reclamaciones y reparos a la Cuenta General de 2012 y se dé puntual explicación a todo lo requerido.

La Gineta, 8 de Noviembre de 2013

 

Antonio Belmonte Moraga